El coeficiente de conversión de la electricidad aplicado al DPE ha pasado de 2,3 a 1,9 desde el 1 de enero de 2026, tras el decreto del 13 de agosto de 2025. Esta modificación técnica cambia las reglas del juego para la evaluación energética de una vivienda calefaccionada con electricidad: algunos bienes ganan una clase sin intervención física. Comprender este mecanismo, y más ampliamente dominar los parámetros de un diagnóstico fiable, condiciona toda estrategia patrimonial coherente.
Coeficiente de conversión de electricidad y reclasificación sin obras
El paso del coeficiente de 2,3 a 1,9 reduce mecánicamente el consumo de energía primaria calculado para las viviendas alimentadas con electricidad. Un bien clasificado como F con una calefacción eléctrica eficiente puede pasar a E sin ninguna modificación de la estructura.
Los antiguos DPE siguen siendo válidos. Sin embargo, recomendamos verificar la situación de cada lote afectado a través del Observatorio DPE-Audit de la Ademe, que permite en ciertos casos una actualización de la etiqueta sin nueva visita. Este procedimiento es particularmente relevante para los propietarios arrendadores cuyos inmuebles estaban cerca del umbral de prohibición de alquiler.
El desafío es directo: una vivienda clasificada como G ya no puede ser alquilada desde el 1 de enero de 2025. Los propietarios que explotan bienes calefaccionados por convectores eléctricos recientes o bombas de calor aire-aire tienen interés en hacer recalcular su etiqueta antes de emprender obras potencialmente innecesarias. Para profundizar en las implicaciones regulatorias de esta reevaluación, el sitio Protect Habitation para propietarios detalla los casos de figura vivienda por vivienda.

DPE colectivo en propiedad horizontal: calendario e impacto en la evaluación individual
La ley Clima y Resiliencia ha impuesto el DPE colectivo a las comunidades de propietarios de 50 a 200 lotes en 2025, y luego a las de menos de 50 lotes en 2026, para los edificios cuyo permiso de construcción es anterior al 1 de enero de 2013. Este diagnóstico se centra en la envoltura del edificio y los equipos comunes, no en cada apartamento tomado aisladamente.
La distinción es estructurante. El DPE colectivo evalúa las pérdidas térmicas globales (techo, fachadas, red de calefacción colectiva), mientras que el DPE individual integra las especificidades del lote (carpinterías, ventilación, sistema de producción de agua caliente). Ambos documentos coexisten y no se sustituyen entre sí.
Articulación entre diagnóstico colectivo y proyecto de renovación
Un DPE colectivo desfavorable orienta a la comunidad de propietarios hacia un plan plurianual de obras. Para el propietario de un lote, esto significa que la aislamiento por el exterior o el reemplazo de la caldera colectiva dependen de la votación en la asamblea general, no de una iniciativa individual.
Observamos regularmente a propietarios que emprenden un costoso aislamiento interior mientras que la comunidad de propietarios prevé un ITE en los dos años siguientes. Esperar el resultado del DPE colectivo antes de iniciar un proyecto privado evita este tipo de duplicación.
Auditoría energética regulatoria: ámbito y obligaciones de venta
La auditoría energética regulatoria no se aplica a todos los bienes. Su ámbito se limita a las casas individuales y a los edificios propiedad de un único propietario, clasificados como E, F o G. La venta de un apartamento en propiedad horizontal no está sujeta a su única etiqueta.
- Clases F y G: auditoría obligatoria desde el 1 de abril de 2023 para cualquier venta
- Clase E: obligación extendida desde el 1 de enero de 2025
- Clase D: plazo previsto para 2034
La auditoría debe ser entregada al candidato comprador desde la primera visita. Propone escenarios cuantificados de obras de renovación energética, pero no impone ninguna realización antes de la transacción. El vendedor no tiene obligación de resultado, solo de información.
Diferencia entre auditoría y DPE: lo que cambia en la práctica
El DPE produce una etiqueta y una estimación de consumo. La auditoría va más allá: modela varios caminos de renovación con un orden de prioridad, ganancias estimadas por partida (aislamiento, ventilación, producción de calor) y una proyección de la clase alcanzable tras las obras.
Un diagnostico certificado realiza el DPE. La auditoría exige competencias complementarias, especialmente el dominio de los software de simulación térmica dinámica. La elección del profesional condiciona la calidad de las recomendaciones, no solo la conformidad del documento.

Prohibiciones de alquiler y calendario para los propietarios arrendadores
El calendario regulatorio crea una presión creciente sobre los propietarios arrendadores:
- Desde el 1 de enero de 2025, los inmuebles clasificados como G están prohibidos para alquiler
- En 2028, la prohibición se extiende a los inmuebles clasificados como F
- En 2034, los inmuebles clasificados como E estarán afectados
Un propietario que vuelve a alquilar un bien o renueva un contrato debe verificar que la vivienda cumple con el umbral de rendimiento energético vigente. La evaluación energética ya no es, por tanto, un ejercicio puntual relacionado con la venta: se convierte en una herramienta de gestión locativa recurrente.
Anticipar en lugar de sufrir el descenso de categoría
El nuevo coeficiente de conversión puede ser suficiente para sacar ciertos inmuebles eléctricos de la zona G. Para los demás, las obras de aislamiento térmico (áticos, suelos bajos, carpinterías) siguen siendo el recurso más eficaz antes de intervenir en el sistema de calefacción.
Recomendamos realizar el diagnóstico de rendimiento energético al menos doce meses antes de la fecha límite regulatoria prevista. Este plazo permite consultar a varias empresas, montar un expediente de ayudas a la renovación y absorber los plazos de obra sin perder ingresos por alquiler.
La convergencia entre el recálculo del coeficiente eléctrico, el DPE colectivo obligatorio y el endurecimiento de los umbrales de alquiler redefine la manera en que un propietario debe gestionar su patrimonio. La evaluación energética se convierte en un acto de gestión regular, no en una formalidad administrativa desencadenada en el momento de la venta.



